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Leyes Descargar AYA

Artículo 260 Código Civil del Estado de Baja California Sur

Capítulo XII

Luego que la sentencia sobre la nulidad cause ejecutoria, el padre y la madre convendrán sobre la forma y términos del cuidado y la custodia de los hijos y, en el caso de que no haya acuerdo, el Juez resolverá conforme a las circunstancias del caso y oyendo a las partes.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial