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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De los bienes

Título Sexto — De las servidumbres

Capítulo II De las servidumbres legales

Código Civil del Estado de Campeche

Artículos 1074 al 1076 · 3 artículos

Artículo 1074

Servidumbre legal es la establecida por la ley, teniendo en cuenta la situación de los predios y en vista de la utilidad pública y privada conjuntamente.

Artículo 1075

Es aplicable a las servidumbres legales lo dispuesto en los artículos del 1125 al 1133, inclusive.

Artículo 1076

Todo lo concerniente a las servidumbres establecidas para la utilidad pública o comunal, se regirá por las leyes y reglamentos especiales y, en su defecto, por las disposiciones de este Título.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial