Libro Tercero — De las sucesiones
Título Segundo — De la sucesión por testamento
Sección Octava De los legados alternativos
Código Civil del Estado de Chihuahua
Índice de la leyArtículo 1345
En los legados alternativos la elección corresponde al heredero, si el testador no la concede expresamente al legatario.
[Artículo reformado mediante Decreto No. 425-02 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 102 del 21 de
Artículo 1346
En el supuesto de que la elección corresponda a un heredero y no se hubiere precisado el bien a entregar, al no existir un acuerdo con el legatario, deberá entregarse uno cuyo valor se aproxime al término medio entre los bienes de mayor y menor valor.
Lo mismo se aplicará si la elección corresponde al legatario, respecto a la persona que deba cumplirlo.
[Artículo reformado mediante Decreto No. 425-02 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 102 del 21 de
Artículo 1347
En los legados alternativos se observará, además, lo dispuesto para las obligaciones alternativas.
[Artículo reformado mediante Decreto No. 425-02 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 102 del 21 de
Artículo 1348
En los casos en que el legatario que tenga derecho de hacer la elección no pudiere hacerla, la harán su representante legítimo o sus herederos.
[Artículo reformado mediante Decreto No. 425-02 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 102 del 21 de
Artículo 1349
Si en el plazo que se hubiere señalado, la persona que tenga derecho de hacer la elección no la realizara, podrá el Juez efectuarla a petición de parte interesada.
[Artículo reformado mediante Decreto No. 425-02 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 102 del 21 de
SECCIÓN NOVENA DEL LEGADO DE ALIMENTOS.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial