Artículo 1345 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo I
Los animales sin marca que se encuentren en tierras de propiedad particular que exploten en común varias personas, se presumen del dueño de la cría de la misma especie y de la misma raza en ellas establecidas, mientras no se pruebe lo contrario.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial