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Leyes Descargar AYA

Artículo 1678 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo V

El derecho de superficie no se extingue por la destrucción de lo edificado, salvo pacto en contrario

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial