Artículo 2874 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo III
Cuando son varios los arrendatarios y no se sabe dónde comenzó el incendio, todos son responsables proporcionalmente a la renta que paguen, y si el arrendador ocupa parte de la finca, también responderá proporcionalmente a la renta que a esa parte fijen peritos. Si se prueba que el incendio comenzó en habitación del dueño o de uno de los inquilinos, solamente éste, o en su caso aquél, será el responsable
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial