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Leyes Descargar AYA

Artículo 3257 Código Civil del Estado de Coahuila

Sección VI

El fiador tiene derecho de oponer al acreedor todas las excepciones inherentes a la obligación principal y al contrato de fianza, así como las personales suyas y las personales del deudor

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial