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Leyes Descargar AYA

Artículo 3260 Código Civil del Estado de Coahuila

Sección VI

La renuncia voluntaria que hiciese el deudor de la prescripción, la nulidad o la rescisión de la obligación principal o de otra causa de liberación, no impide que el fiador haga valer esas excepciones

Historial de este artículo

  1. Primer registro
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  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial