Artículo 962 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo IX
En el caso del artículo anterior, el testamento será público abierto y el juez o el agente del Ministerio Público, en su caso, estará presente durante el otorgamiento o la revocación, haciéndose constar esta circunstancia y la causa de la misma y firmará junto con el notario y los testigos
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial