Artículo 1961 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo XX
Son ilícitos:
I. Los delitos;
II. Los hechos cometidos con dolo o culpa y que no queden comprendidos en la fracción anterior;
III. El abuso de los derechos;
383 Artículo adiconado el 23/feb/2011.
IV. La simulación de actos jurídicos;
V. La celebración de actos jurídicos en fraude de acreedores;
VI. El incumplimiento de las obligaciones;
VII. La recepción dolosa de lo indebido;
VIII. Los hechos ejecutados con mala fe;
IX. La violencia por razón de género; y X. Los demás que sean contrarios a la ley. 386
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial