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Leyes Descargar AYA

Artículo 2492 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo X

La parte que revoque o renuncie el mandato en tiempo inoportuno, deberá reparar los daños y perjuicios que la revocación o renuncia cause a la otra parte o a otras personas.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial