Artículo 2687 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo XIX
Estará afectada de nulidad absoluta La transacción que verse sobre:
I. Las consecuencias jurídicas de un delito, de un acto doloso o de un hecho ilícito que pueda ejecutarse en el futuro;
II. La reparación del daño de un delito futuro;
III. Una sucesión futura;
IV. Una herencia, antes de visto el testamento si lo hay; y, V. El derecho de recibir alimentos.
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial