Artículo 72 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo I
Las sentencias ejecutoriadas que desconozcan o establezcan la paternidad o maternidad producirán, respectivamente, el efecto de privar, a la persona de cuya filiación se trate, del derecho al uso del apellido correspondiente o de otorgarle este derecho.
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial