Artículo 197 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Capítulo TERCERO
El error de cálculo no da lugar a la nulidad sino sólo a la rectificación, salvo que, consistiendo en un error sobre la cantidad, haya sido de. terminante del consentimiento.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial