Artículo 2105 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Capítulo PRIMERO
El usufructuario también hace suyos los dividendos, pero no las acciones que una persona tenga en una sociedad, cuando el usufructo recae sobre dichas acciones.
SUBSECCIÓN SEGUNDA Usufructo sobre Montes y Árboles.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial