Artículo 384 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Capítulo DÉCIMO
La falta de cualquiera de los requisitos que menciona el artículo 13 5 produce la nulidad absoluta del acto, la que operaría de pleno derecho si no hay un principio o inicio de ejecución.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial