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Leyes Descargar AYA

Artículo 2162 Código Civil del Estado de Tabasco

Capítulo V

A cargo de quién son el deterioro o la pérdida. Desde que el contrato se perfeccione, son a cargo del acreedor el deterioro o la perdida del bien objeto de la obligación, aun cuando éste no le haya sido entregado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial