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Leyes Descargar AYA

Artículo 2635 Código Civil del Estado de Tabasco

Capítulo III

No es renunciable la revocación por supervenencia de hijos El donante no puede renunciar anticipadamente al derecho de revocación por supervenencia de hijos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial