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Leyes Descargar AYA

Libro Cuarto — De las obligaciones disposiciones generales

Título Segundo — De los contratos en general

Capítulo V De la forma externa de los contratos

Código Civil del Estado de Tabasco

Artículos 1953 al 1955 · 3 artículos

Artículo 1953

Formalidades externas Ningún contrato necesita para su validez más formalidades externas que las expresamente prevenidas por la ley.

Artículo 1954

Escritura pública Salvo los casos de excepción que este Código establece, deben constar en escritura pública los contratos por los cuales se transfiera o modifique el dominio de bienes inmuebles o se constituya un derecho real.

Artículo 1955

Forma escrita Cuando se exija la forma escrita para el contrato, ésta tendrá que ser en tantos ejemplares como partes contratantes lo celebren, y los documentos relativos serán firmados por todas las personas a las cuales la ley impone ese deber; pero si alguna de ellas no puede o no sabe firmar, lo hará otra a su ruego y en el documento se imprimirá la huella digital del interesado que no firmó.

Serán válidos los contratos celebrados por cualquier medio electrónico, si así pactaron las partes su perfeccionamiento.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial