Artículo 1054 Código Civil del Estado de Tamaulipas
Sección II
La obligación es condicional cuando su nacimiento pleno o su resolución, dependen de un acontecimiento futuro de realización insegura. En el primer caso la condición es suspensiva; en el segundo, es resolutoria
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial