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Leyes Descargar AYA

Artículo 997 Código Civil del Estado de Tamaulipas

Capítulo IV

El propietario de árbol o arbusto contiguo al predio de otro, tiene derecho de exigir de éste que le permita hacer la recolección de frutos que no se pueden recoger de su lado, siempre que no se haya usado o no se use el derecho que conceden los Artículos 758 y 759,pero el dueño del árbol o arbusto es responsable de cualquier daño que cause con motivo de la recolección.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial