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Leyes Descargar AYA

Artículo 135 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Sección III

El ex cónyuge enfermo tendrá derecho a alimentos si carece de bienes y está imposibilitado para trabajar; pero no procede la indemnización de daños y perjuicios. (ADICIONADA CON LOS ARTÍCULOS QUE LA INTEGRAN, P.O. 28 DE JUNIO DE 2006)

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial