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Leyes Descargar AYA

Artículo 613 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo IV

Sólo la autoridad política superior del lugar en donde se ha de celebrar el matrimonio puede dispensar las publicaciones.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial