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Leyes Descargar AYA

Artículo 364 Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza

Capítulo SEGUNDO

La posesión de estado, para los efectos de la fracción II del artículo 362 de esta ley se justificará demostrando, por los medios ordinarios de prueba, que al hijo o hija se le ha permitido, por el presunto padre o por su familia, usar sus apellidos; que ha sido tratado por ellos como hija o hijo y presentado a terceros como tal

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 8 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial