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Leyes Descargar AYA

Artículo 1003 Código Familiar del Estado de Michoacán

Capítulo VII

Transcurrido el plazo fijado, contestada o no la demanda y en su caso la vista de esta, el juez de instrucción remitirá los autos al juez oral, quien citará a la audiencia de juicio, debiendo celebrarse dentro de los cinco días siguientes

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial