Artículo 969 Código Familiar del Estado de Michoacán
Capítulo IV
Los efectos del emplazamiento son:
I. Prevenir el juicio a favor del juez que lo ordene;
II. Sujetar al emplazado a seguir el juicio ante el juez que lo emplazó, siendo competente al tiempo de la citación, aunque después deje de serlo con relación al demandado, porque este cambie de domicilio o por otro motivo legal; y,
III. Obligar al demandado a contestar ante el juez que lo emplazó, salvo siempre el derecho de provocar la incompetencia
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Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial