Artículo 972 Código Familiar del Estado de Michoacán
Capítulo IV
Al analizar la demanda el juez revisará oficiosamente la vía propuesta, admitiéndola en la que legalmente corresponda, ordenando con las copias de la misma y los documentos que se acompañan emplazar al demandado, a fin de que, en un plazo de nueve días, ocurra a producir su contestación por escrito, debiendo referirse a todos y cada uno de los hechos aducidos por el actor, confesándolos o negándolos, así como, en su caso, interponer excepciones.
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Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial