Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 51 Código Familiar del Estado de Sonora

Capítulo IV

Las capitulaciones matrimoniales en que se constituya la sociedad conyugal constarán en escritura pública cuando los esposos pacten hacerse copartícipes o transferirse la propiedad de bienes inmuebles o derechos reales propios, siempre que la ley requiera de este requisito para que la traslación sea válida

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial