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Leyes Descargar AYA

Artículo 229 Código Penal del Estado de Hidalgo

Capítulo XI

Si el juez lo creyera conveniente, además de las penas previstas para cada uno de los delitos del presente título, podrá imponer al delincuente suspensión de un mes a seis años en los derechos de la patria potestad, tutela o custodia, o para ser perito, depositario, interventor judicial, síndico, interventor en concurso o quiebras, asesor, representante de ausentes, o en el ejercicio de cualquier profesión para las que se requiera título o autorización especial.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 24 de octubre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial