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Leyes Descargar AYA

Artículo 133 Código Penal del Estado de Jalisco

Capítulo IV

Al que cometa un delito en contra de un servidor público en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará de seis meses a tres años de prisión, además de la que le corresponda por el delito cometido.

Cuando el delito se cometa en contra de persona que desarrolle funciones de seguridad pública, impartición o procuración de justicia, o defensores de derechos humanos se regirá por las agravantes señaladas para el delito en específico.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial