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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De los delitos en particular

Título Décimo Primero — Falsedad

Capítulo I Falsificación de documentos de crédito

Código Penal del Estado de Nayarit

Artículos 271 al 273 · 3 artículos

Artículo 271

Al que cometa el delito de falsificación de documentos de crédito, se le impondrá de uno a diez años de prisión y multa de cinco a treinta días.

Artículo 272

Comete el delito de que habla el artículo anterior, el que falsificare obligaciones u otros documentos de crédito, cupones de interés o de dividendos de los mismos, legalmente emitidos por particulares, por sociedades o empresas, o por las administraciones públicas del Estado o de cualquiera de los municipios.

(REFORMADO, P.O. 8 DE NOVIEMBRE DE 2016)

Artículo 273

Al que introduzca al Estado o ponga en circulación los documentos falsos de que habla el artículo anterior, se sancionará con prisión de dos a diez años y multa de veinte a cien días.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial