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Leyes Descargar AYA

Artículo 169 Código Penal del Estado de Querétaro

Capítulo V

En los delitos a que se refieren los capítulos I, II y III de este Título, la reparación del daño comprenderá en los términos del Código Civil, el pago de alimentos a la mujer y a los hijos que hayan resultado de la relación sexual ilícita.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de enero de 2026.

Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial