Libro Segundo — Parte especial
Título Octavo — Delitos contra la libertad e inexperiencia sexuales
Capítulo III Estupro
Código Penal del Estado de Querétaro
Índice de la leyArtículo 167
Al que tenga cópula con persona mayor de 12 años y menor de 18 años, obteniendo su consentimiento por medio de seducción o engaño, se le aplicará de 4 meses a 6 años de prisión. (Ref. P. O. No. 38, 15-VII-11)
Este delito se perseguirá por querella de la persona ofendida o de quienes ejerzan la patria potestad o a falta de éstos, de sus legítimos representantes. (Ref. P. O. No. 38, 15-VII-11)
Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial