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Leyes Descargar AYA

Artículo 302 Código Penal del Estado de San Luis Potosí

Capítulo II

Se impondrá de tres a nueve años de prisión y sanción pecuniaria de trescientos a novecientos días del valor de la unidad de medida y actualización, a quien:

I. Altere, permita la alteración u opere en forma indebida cualquier equipo o programa utilizado para la verificación vehicular, prevista en las disposiciones jurídicas aplicables en el Estado, o

II. Ilícitamente venda o posea uno o más documentos que acrediten la aprobación de la verificación vehicular, prevista en las disposiciones jurídicas aplicables en el Estado.

(Reformado, P.O.E. 19 de Julio de 2017)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial