Título Primero — Responsabilidad penal
Capítulo V Concurso de delitos
Código Penal del Estado de Sonora
Índice de la leyArtículo 15
Existe concurso ideal, cuando con una sola acción o una sola omisión se cometen varios delitos. Existe concurso real, cuando con pluralidad de acciones u omisiones se cometen varios delitos.
No hay concurso cuando las conductas constituyen un delito continuado o permanente.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sonora (API gestión). Documento oficial