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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo

Título XVI — Delitos contra la seguridad del estado

Capítulo I Conspiración

Código Penal del Estado de Veracruz

Artículos 299 al 300 · 2 artículos

Artículo 299

Siempre que dos o más personas resuelvan de concierto cometer alguno de los delitos de este Título y acuerden los medios para producirlos, se les impondrán de tres a nueve años de prisión, multa hasta de ochenta días de salario y suspensión de sus derechos políticos hasta por tres años.

Cuando el concierto sea para organizar, promover, armar o financiar grupos a rmados al margen de la ley, se impondrán de seis a quince años de prisión, multa de hasta trescientos cincuenta días de salario y suspensión de sus derechos políticos.

La pena privativa de libertad se aumentará en una mitad para quienes organizan, fomente n, promuevan, dirijan, encabecen, constituyan o financien el concierto para delinquir.

Artículo 300

A quien contrate, organice, instruya, entrene o equipe a personas en tácticas, técnicas o procedimientos militares para el desarrollo de actividades terroristas, de escuadrones de la muerte o grupos de justicia privada, se le impondrán de siete a veinte años de prisión y multa hasta de seiscientos días de salario.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial