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Leyes Descargar AYA

Artículo 251 Bis Código Penal del Estado de Zacatecas

Capítulo VII

La obligación alimentaria respecto de sus hijos, cónyuge, o de cualquier otro familiar, sin ministrarle los recursos para atender las necesidades señaladas en los artículos 265 y 266 del Código Familiar, no queda exenta cuando la obligación no provenga de sentencia ejecutoria o provenga de un divorcio voluntario en los términos señalados en el artículo 224 del Código Familiar. Artículo adicionado POG 7 de febrero de 2015 (Decreto 258)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial