Artículo 710 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Capítulo II
Notificada la sentencia de los árbitros o la del tercero en su caso, se pasarán los autos al juez ordinario para la ejecución del fallo. Lo mismo se practicará para la ejecución de los autos y decretos
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial