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Leyes Descargar AYA

Artículo 963 Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Capítulo CUARTO

Procedencia de las ventas o remates judiciales.

Las ventas o remates judiciales de bienes sólo pueden pedirse en los casos de ejecución de sentencia, o cuando la ley o alguna resolución judicial lo determine.

Todas las ventas o remates judiciales que deban hacerse en subasta o almoneda, en cuanto a los plazos y condiciones en que hayan de verificarse, se regirán por las disposiciones de este Capítulo, salvo los casos en que la ley disponga otra cosa.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial