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Artículo 179 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero

Capítulo I

Formas de preparar el juicio. El juicio podrá prepararse:

I. Pidiendo declaración bajo protesta el que pretenda demandar, de aquél contra quien se propone dirigir la demanda, acerca de un hecho relativo a su personalidad o a la calidad de su posesión o tenencia;

II. Pidiendo la exhibición del bien o mueble que haya de ser objeto de la acción que se trate de entablar;

III. Pidiendo el legatario o cualquier otro que tenga derecho de elegir un bien o más bienes entre varios, su exhibición;

IV. Pidiendo el que se crea heredero, coheredero o legatario, la exhibición de un testamento;

V. Pidiendo el comprador al vendedor o el vendedor al comprador, en caso de evicción, la exhibición de títulos u otros documentos que se refieren al bien vendido;

VI. Pidiendo un socio o comunero, la presentación de los documentos y cuentas de la sociedad o comunidad; al socio o condueño que las tenga en su poder; y

VII. Pidiendo la exhibición o compulsa de un protocolo o de cualquier otro documento archivado, la de cualquier documento que esté en poder de quien se va a demandar, o de un tercero, o que se extienda certificación o informe por alguna autoridad respecto de algún hecho relativo al asunto de que se trate, o cualquier diligencia análoga.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial