Artículo 914 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Hidalgo
Capítulo V
El Juez está obligado a ampliar el examen de los testigos con las preguntas que estime pertinentes para asegurarse de la veracidad de su dicho y debe oír al Ministerio Público, Defensor Fiscal y Recaudador de Rentas del lugar del inmueble.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial