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Leyes Descargar AYA

Artículo 107 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo III

Presunción de legalidad de las resoluciones judiciales. Toda resolución judicial, una vez firmada, tiene a su favor la presunción de haberse pronunciado con conocimiento de causa del Juez o Magistrado que la debe dictar, según la forma prescrita por la Ley y por órgano competente

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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial