Libro Primero — Del proceso en general
Título Segundo — De los actos procesales
Capítulo IV De la presentacion de documentos
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Índice de la leyArtículo 112
Artículo 113
Documentos que funden la pretensión. También deberá acompañarse a toda demanda o contestación, el documento o documentos en que la parte interesada funde su derecho.
Artículo 114
Documental posterior al ofrecimiento de pruebas. De todo documento que se presente después del plazo de ofrecimiento de pruebas se dará traslado a la otra parte, para que dentro del tercer día manifieste lo que a su derecho convenga.
Artículo 115
Impugnación a la admisión de documentos. Cuando la impugnación del documento nuevo se refiera a su admisión por no hallarse en ninguno de los casos expresados de documentos supervenientes, el Juez reservará para la definitiva la resolución de lo que estime procedente.
Artículo 116
Traslado de copias. Las copias de los escritos y documentos se entregarán a la parte contraria al notificarle la providencia que haya recaído en el escrito respectivo, o al hacerle la citación o emplazamiento que proceda, siguiendo lo ordenado por el artículo 90 de este Código.
Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial