Artículo 656 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Capítulo VIII
Pretensiones petitorias sobre posesión definitiva. Las pretensiones petitorias sobre posesión definitiva no procederán en contra del legítimo propietario ni en los casos en que ambas posesiones fueren dudosas o el demandado tuviere registrado su título y el actor no
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial