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Leyes Descargar AYA

Artículo 180 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Quintana Roo

Capítulo IV

Las recusaciones con causa pueden interponerse durante el juicio desde el escrito de la contestación de la demanda hasta diez días antes de dar principio a la audiencia de ley, a menos que , comenzada la audiencia, o hecha la citación, hubiere cambiado el personal del juzgado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial