Artículo 813 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Capítulo I
Los efectos de emplazamiento son:
I.- Prevenir el juicio en favor del Juez que lo hace;
II.- Sujetar al demandado a seguir el juicio ante el Juez que lo emplazó, salvo el derecho de provocar la inhibitoria;
III.- Producir todas las consecuencias de la interpelación judicial;
IV.- Imponer al actor y al demandado el deber de presentarse ante el Juez, cuando durante el juicio sean citados por él.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial