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Leyes Descargar AYA

Artículo 23 BIS Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán

Capítulo II

Las resoluciones judiciales firmes dictadas en negocios de alimentos, jurisdicción voluntaria y las demás que prevengan las leyes, pueden alterarse y modificarse cuando cambien las circunstancias que afectan el ejercicio de la acción que se dedujo en el juicio correspondiente.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial