Artículo 960 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Capítulo I
La tercera sección se llamará de graduación y contendrá:
I.- Todos los documentos que justifiquen los créditos.
II.- Las pruebas que en pro o en contra de ellos se rindieren.
III.- Los incidentes que se susciten entre los acreedores sobre validez, preferencia o liquidación de sus créditos.
IV.- Las demás cuestiones particulares entre los acreedores.
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Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial