Artículo 1 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Baja California
Capítulo I
Objeto de la ley. La presente Ley es de orden público e interés social y de aplicación obligatoria en todo el territorio de Baja California y tiene por objeto establecer las disposiciones normativas sobre la organización, funcionamiento y ejercicio de las atribuciones de la Fiscalía General del Estado de Baja California, como órgano constitucional autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía de gestión y presupuestaria, de reglamentación interna y decisión; que tendrá a su cargo las atribuciones conferidas al Ministerio Público, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y las demás disposiciones legales aplicables. Artículo Reformado
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Texto tomado de Congreso del Estado de Baja California, con la reforma del 31 de enero de 2025. Documento oficial