Título Segundo — De la organización de la fiscalía general del estado
Capítulo I De la estructura orgánica
Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Campeche
Índice de la leyArtículo 7
La Fiscalía General estará a cargo del Fiscal General, el cual será el titular de la Institución y ejercerá autoridad jerárquica sobre todo el personal de la misma.
Artículo 8
Para el despacho de los asuntos que competen a la Fiscalía General, ésta se integrará por los siguientes órganos:
I. El Fiscal General;
II. La Vice fiscalía General Adjunta;
III. La Vice fiscalía General de Control Judicial;
IV. La Vice fiscalía General de Derechos Humanos;
V. La Vice fiscalía General para la Atención de Delitos de Alto Impacto;
VI. Las Vice fiscalías Generales Regionales, sin perjuicio de que el Fiscal General pueda crear más para el correcto funcionamiento de la Institución.
VII. Las Coordinaciones;
VIII. Las Direcciones;
IX. Las Unidades Administrativas;
X. Las Fiscalías;
XI. El Instituto de Formación Profesional;
XII. El Instituto de Servicios Periciales; y XIII. Los demás que señale esta Ley, el Reglamento, así como otras disposiciones General.
Artículo 9
El Poder Ejecutivo, de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, emitirá el Reglamento Interior que establecerá el tipo, especialidad y atribuciones de los órganos a que se refiere el artículo anterior, así como las facultades y obligaciones de quienes lo integren.
Texto tomado de Consejería Jurídica del Gobierno del Estado de Campeche (LEXIUS), con la reforma del 20 de noviembre de 2025. Documento oficial